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La Renta Básica y los Derechos Humanos

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Clásico nº 7. Renta Básica: Un paso más allá del Dividendo de Recursos Globales.
Presentación a cargo de J. Agustín Franco Martínez. 15 de diciembre del 2020

Índice de la Colección de Clásicos

“De hecho, Marx sostiene que los derechos humanos son el resultado de la lucha de clases en cada momento histórico del transcurso de la humanidad” (José Iglesias)

“La mayoría de nosotros no dejamos meramente a la gente morir de hambre sino que participamos en matarlos de hambre. No resulta sorprendente que nuestra reacción inicial a esta afirmación poco placentera sea la indignación, e incluso hostilidad –que, más que meditarla o discutirla, queramos olvidarla o dejarla de lado por absurda-” (Thomas Pogge)

M ientras el filósofo Thomas Pogge diseñaba su propuesta de Dividendo sobre los Recursos Globales (DRG) apelando a los Derechos Humanos (artículo 25), en paralelo José Iglesias definía su propio enfoque de Renta Básica, basándose ambos autores casi en las mismas fuentes y discusiones sobre la justicia, la propiedad y demás, salvo con una pequeña diferencia: la crítica sobre la dinámica de funcionamiento del capitalismo. Mientras Pogge se centraba en erradicar la pobreza entre el Norte y el Sur apelando a los buenos sentimientos y a un deber moral, en el caso de Iglesias se analizaba -más allá de lo moral (que se presupone)- la opción de abolir la propiedad capitalista en provecho de la propiedad comunitaria.

La debilidad del argumento de Pogge, pese a su loabilidad, es que plantea la discusión sobre un concepto de responsabilidad límite, la responsabilidad ante la desigualdad radical, contraviniendo un principio moral y psicológico básico, que la gente hace cambios graduales, no saltos radicales. Y aunque sugiere un nuevo orden económico mundial, apenas se enfrenta con la discusión sobre las leyes capitalistas. Que un coche a gran velocidad mata es indiscutible, pero no es más que el resultado de las leyes de la física. ¿Qué leyes económicas debemos conocer para diseñar un sistema que evite y frene la colisión de las finanzas contra la vida humana y el medioambiente?

Iglesias: “En el capitalismo, el hecho de que el Estado sea democrático en ciertos momentos no cambia su naturaleza esencial de ser un instrumento de la clase dominante. La democracia significa igualdad. Pero, en el sentido burgués de la democracia, la igualdad solo es formal, meramente papel mojado”.

A responder a esta pregunta crucial se dedica este texto de 2001 de Iglesias sobre la RB y los DDHH, incluso antes que la versión más elaborada de Pogge sobre su DRG publicada en español en 2005, “La pobreza en el mundo y los derechos humanos”. Otro elemento diferenciador clave entre la RB y el DRG es el carácter estigmatizador de éste último, pues no se concibe como “universal”, sino como una cuantía orientada a “los pobres del globo”, eludiendo de forma expresa la capacidad de decisión y participación de los mismos, negando de facto la necesidad e idoneidad de un sistema democrático mundial. Obviando además gravemente el propio protagonismo de “los pobres del globo” en la reivindicación del DRG. De hecho, incluso sugiere que “sin el apoyo de EEUU y la UE, es bastante seguro que no seremos testigos en nuestras vidas de la erradicación de la ingente pobreza mundial y del hambre”.

Y es que como reconoce Iglesias: “En el capitalismo, el hecho de que el Estado sea democrático en ciertos momentos no cambia su naturaleza esencial de ser un instrumento de la clase dominante. La democracia significa igualdad. Pero, en el sentido burgués de la democracia, la igualdad solo es formal, meramente papel mojado”.

De hecho Iglesias plantea dos dudas que no tienen respuesta desde las posiciones precapitalistas, ya sean liberales o keynesianas:

  • 1) En relación a la justicia: ¿Se puede construir y aplicar una teoría de la justicia a una sociedad concreta sin destruir las relaciones de clase y la injusticia que se da en la esfera de la producción? Expresado en otras palabras: ¿Cuál es la teoría de la transición hacia una sociedad justa? A esta cuestión se remiten Pogge e Iglesias a las aportaciones de Rawls, concluyendo ambos en el mismo sentido, que la noción rawlsiana de justicia cae en la trampa de obviar los “factores de fondo que permanecen estables” (Pogge) o que simplemente “son principios para ser aplicados cuando ya se haya conseguido la sociedad justa” (Iglesias citando y siguiendo a Buchanan).

  • 2) En relación a la propiedad: ¿Qué espacio y posibilidad existe para la implantación de una justicia no burguesa, de una defensa real de los intereses del pueblo soberano, de que se transforme el sistema político en una democracia participativa?

L a conclusión de Iglesias frente a ambas dudas es evidente: “en este período de globalización capitalista el valor del individualismo se refuerza fuertemente a nivel retórico de reconocimiento de derechos, mientras que se confirma el creciente control real de las personas, los derechos, las organizaciones e incluso los estados por enormes entidades transnacionales productivas y financieras”.

"El hecho es que la desigualdad ha llegado a ser tan escandalosa, (como si fuera algo inesperado), que ya solo podemos permitirnos propuestas superficiales, con la esperanza (para unos pocos rebeldes) de poder abrir brecha y ahondar hacia un sistema social más justo para la mayoría, que cada vez se nos antoja más imposible e inalcanzable, al menos así está siendo para los que ya han caído y para los que están cayendo y seguirán cayendo mientras subsista el capitalismo, esa maldita distopía orwelliana..."

Y es que el papel retórico de los DDHH en el capitalismo ya fue descubierto y aplicado en los 60 por McNamara, el presidente del Banco Mundial, y antiguo militar estadounidense, que diseñó el paradigma actual de “lucha contra la pobreza” en el marco de los DDHH con el objetivo declarado de contener las revueltas sociales. Nos lo cuenta bien Raúl Zibechi en el capítulo 1 de su obra “Política y miseria”. Y es que, como denuncia Boaventura de Souza Santos: “Los Derechos Humanos no han cuestionado hasta ahora los modelos de desarrollo, y en su mayoría, tampoco los modelos de Democracia, y por eso han producido un resultado fuerte: ubicar al Sur como el gran problema de los Derechos Humanos, mientras que es probablemente el Norte el gran problema y no el Sur”.

Así que podemos añadir una tercera duda a la reflexión que nos propone Iglesias. En el contexto actual, ¿es un fracaso apelar a los DDHH en la defensa de los derechos económicos efectivos como puede ser la RB? Y es que como bien afirmaba ya Buchanan en los 80: A partir de Marx “ninguna teoría de la justicia distributiva que pretenda ser rigurosa, puede ignorar la interdependencia entre la producción y la distribución, y ninguna reforma que se centre exclusivamente en la redistribución puede evitar que la clasifiquen de superficial”.

El hecho es que la desigualdad ha llegado a ser tan escandalosa, (como si fuera algo inesperado), que ya solo podemos permitirnos propuestas superficiales, con la esperanza (para unos pocos rebeldes) de poder abrir brecha y ahondar hacia un sistema social más justo para la mayoría, que cada vez se nos antoja más imposible e inalcanzable, al menos así está siendo para los que ya han caído y para los que están cayendo y seguirán cayendo mientras subsista el capitalismo, esa maldita distopía orwelliana.

J. Agustín Franco Martínez, 15 de diciembre del 2020